La Audiencia de Sevilla blinda nuevas condenas por las ayudas fraudulentas de los ERE frente a la doctrina del Constitucional

La Audiencia de Sevilla blinda nuevas condenas por las ayudas fraudulentas de los ERE frente a la doctrina del Constitucional

La Audiencia de Sevilla blinda nuevas condenas por las ayudas fraudulentas de los ERE frente a la doctrina del Constitucional

Resumen rápido

Lo esencial de esta noticia

Qué cambia La Audiencia de Sevilla ha dictado nuevas condenas pese a la legalidad otorgada por el TC a las ayudas de los ERE.
A quién afecta A ex altos cargos de la Junta de Andalucía, incluidos ex presidentes, y a empresas que recibieron ayudas.
Dónde ocurre En Andalucía, afectando a Sevilla como centro judicial de la macrocausa.
Qué pasa ahora Se espera una revisión de condenas en el Tribunal Supremo el 9 de octubre, que podría reactivar más juicios.

El Tribunal Constitucional (TC) ha dictaminado que el procedimiento específico creado por el Gobierno de Manuel Chaves para repartir ayudas públicas sin controles previos estaba avalado desde el año 2002 por las leyes de presupuestos de la Junta y, por tanto, es legal, en contra de lo que había considerado previamente el Tribunal Supremo. Pero ese paraguas de legalidad que ha establecido el Constitucional afecta sólo «a la forma abstracta de operar» de la Junta. Pero no a cada una de las ayudas particulares concedidas a su amparo, según la última sentencia de la Audiencia de Sevilla en relación a una de esas subvenciones, la otorgada en noviembre de 2008 sin ningún tipo de trámite administrativo previo ni seguimiento a la empresa Tartessos Car S.L.

Se trata de la segunda sentencia de la Audiencia de Sevilla dictada después de que el Constitucional haya introducido cambios sustanciales en la calificación penal de los ERE. El pasado mes de julio, la Audiencia de Sevilla condenó a un ex alcalde socialista de Los Palacios y Villafranca por la ayuda de 750.000 euros concedida al Ayuntamiento para la construcción de un centro hípico que nunca llegó a levantarse.

Como se recordará, el TC ha dictaminado que el mecanismo que permitió repartir fondos de forma «arbitraria y fraudulenta» sin respetar lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones tenía en realidad el amparo legal de las sucesivas leyes de presupuestos de la Junta aprobadas a partir de 2002. Estas leyes presupuestarias incluían una herramienta (la denominada «transferencia de financiación») que permitía a la administración dejar en suspenso las normas que regulan las subvenciones, según el Constitucional.

En función de esa nueva doctrina, el TC ha anulado total o parcialmente las condenas que habían recaído sobre más de una decena de altos cargos de la Junta de Andalucía, incluidos los ex presidentes socialistas Manuel Chaves y José Antonio Griñán, juzgados en la pieza principal de los ERE, la que versaba sobre el denominado «procedimiento específico» diseñado para aliviar los controles en el reparto de los fondos. Pero la macrocausa no se agota en ese proceso. Hay más de un centenar de causas pendientes, una por cada una de las ayudas fraudulentas concedidas a empresas que, en muchos casos, se aprobaron sin que existiera un expediente ni las pruebas documentales que las justificaran.

Una de esas ayudas la recibió, por importe de 300.000 euros, la empresa Tartessos Car S.L., dedicada a la venta de coches y vehículos a motor. En su caso, la sección 3ª de lo Penal de la Audiencia de Sevilla considera que conceder fondos públicos a una empresa sin atender ningún tipo de trámite previo constituye «un trastorno completo del ordenamiento jurídico, subvertido por unas decisiones arbitrarias y dañinas para los intereses públicos en el marco de un rosario de actividades defraudatorias con creación de un entramado documental falso y desvío de la función y el interés público completo». «Por decirlo en términos muy llanos, estamos ante una alcaldada, indigna de una Administración de la importancia y entidad de la Junta de Andalucía’, añade el tribunal, en una sentencia cuyo ponente ha sido el magistrado Rafael Díaz Roca y que firman también José Manuel Holgado Merino y Carlos Mahón Tabernero.

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Esta sentencia deja abierta la puerta, por tanto, a que se produzcan nuevas condenas por el caso ERE a pesar de la doctrina impuesta por el Constitucional, ya que considera que son hechos diferentes los que se juzgan y que el marco de legalidad que las leyes de presupuestos crearon en torno al «procedimiento específico» no puede en ningún caso amparar las ayudas concedidas de forma arbitraria y sin expediente, «pues la Dirección General de Trabajo y la Consejería no son una ínsula donde se otorgan mercedes ad libitum [a voluntad] según el antojo del detentador del cargo sin sujeción a procedimiento de ninguna clase’.

«No se trata de que el sistema de concesión de ayudas en la Junta de Andalucía estuviera o no viciado, que es lo que ha sido la labor del Procedimiento Específico y objeto de los pronunciamientos del Tribunal Constitucional. Se trata de que la concreta ayuda a que se ciñe el caso examinado era ilícita, no porque incumpliera una u otra normativa, que también; sino porque no se ajustó a normativa alguna, otorgándose el dinero a modo de dádiva sin procedimiento alguno sin el cual la Administración, sencillamente, no puede actuar». «Estamos ante un incumplimiento universal y así querido de toda norma, no sólo las reguladoras de subvenciones y ayudas públicas, sino las más elementales que disciplinan el procedimiento administrativo. La grosería de incumplimiento es, así, inaudita’. La ayuda en cuestión se concedió cuatro días después de que el administrador general de la empresa Coche Tartessos (condenado a dos años y medio de prisión) se reuniera con el entonces director general de Trabajo, Juan Márquez, que no está acusado en la causa porque ya fue juzgado en la pieza principal de los ERE, y se le ha aplicado, en consecuencia, el principio de non bis in idem que impide juzgar dos veces a una persona por los mismos hechos. Su exclusión de este proceso también es objeto de comentario por parte de los magistrados de la sala 3ª de la Audiencia. Así, en relación a Juan Márquez, se dice que «no viene acusado en esta causa, por más que ello sorprenda y sea factible desde la doctrina sentada del Constitucional».

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Cascadas de recursos

Las resoluciones del Constitucional anulando en buena medida las condenas del Tribunal Supremo en la pieza principal del caso ERE han provocado un «movimiento telúrico» en el conjunto de la macrocausa. Según la expresión utilizada por uno de los abogados que han seguido el procedimiento. De hecho, las defensas han presentado recurso ante el Supremo sobre las condenas ya fijadas en las piezas separadas que han sido juzgadas. Así, ha ocurrido, por ejemplo, en relación a la condena del ex consejero Antonio Fernández por la ayuda concedida a la empresa Acyco.

En resumen, las decisiones del Tribunal Constitucional en relación al caso ERE en Andalucía continúan generando repercusiones legales y judiciales. A pesar de la legalidad otorgada por las leyes de presupuestos de la Junta, la concesión de ayudas públicas de forma arbitraria y sin seguimiento sigue siendo objeto de condena por parte de la Audiencia de Sevilla, abriendo la posibilidad de nuevas condenas en el marco de este escándalo de corrupción. La lucha por la justicia y la transparencia en el uso de fondos públicos continúa en el centro de la atención en este caso emblemático en España.

El Tribunal Supremo y los efectos de las sentencias del Constitucional en la condena de Fernández

El Tribunal Supremo ha fijado para el próximo día 9 de octubre una vista para analizar, con las partes personadas, los efectos que las sentencias del Constitucional pueden tener en la condena de Fernández. Las defensas confían en que la doctrina del Constitucional, no solo permita revisar y anular las condenas ya impuestas, sino que provoque el archivo en cascada del más de un centenar de causas pendientes de juzgar.

La última sentencia de la Audiencia de Sevilla intenta de alguna forma cegar esas condenas interpretando de forma limitada el efecto sobre la ‘macrocausa’ del ‘borrado’ por parte del Constitucional de la verdad jurídica que había establecido el Tribunal Supremo sobre el fraude de los ERE, cuantificado en 679 millones de euros.

Esta vista en el Tribunal Supremo será crucial para determinar el futuro de las condenas en el caso de Fernández y el impacto que las sentencias del Constitucional pueden tener en el conjunto de causas relacionadas con el fraude de los ERE. Las defensas confían en que la doctrina del Constitucional permita revisar y anular las condenas ya impuestas, así como provocar el archivo de las causas pendientes de juzgar.

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Es importante recordar que el fraude de los ERE ha sido uno de los casos de corrupción más importantes en España en los últimos años, afectando a numerosos políticos y empresarios. La revisión de las condenas y el posible archivo de las causas pendientes de juzgar podrían tener un impacto significativo en el panorama político y judicial del país.

En definitiva, la vista en el Tribunal Supremo el próximo día 9 de octubre será crucial para determinar el futuro de las condenas en el caso de Fernández y el posible efecto en el conjunto de causas relacionadas con el fraude de los ERE. Las partes personadas esperan que la doctrina del Constitucional permita una revisión profunda de las condenas y un posible archivo de las causas pendientes, sentando así un precedente importante en la lucha contra la corrupción en España.

Periodista de Écija en  |  Otras publicaciones

Maria Del Carmen es periodista española nacida en Écija, Andalucía. Comenzó su carrera como periodista a principios de los años 80, trabajando para varios periódicos y emisoras de radio en España. A finales de los 90 se trasladó a Londres, donde trabajó como periodista independiente durante varios años. Regresó a España a principios de la década de 2000, y actualmente trabaja como periodista en DiarioÉcija. También ha publicado varios libros.

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Preguntas frecuentes

Dudas rápidas sobre esta noticia

¿Qué ha dictaminado el Tribunal Constitucional sobre los ERE?

Ha validado el procedimiento de ayudas públicas creado en 2002 por el Gobierno de Manuel Chaves, aunque no exonera las ayudas concretas concedidas sin control.

¿Qué repercusiones tiene la decisión del Tribunal Constitucional?

Permite a la Audiencia de Sevilla seguir condenando a ex altos cargos por ayudas concedidas sin los trámites legales pertinentes.

¿Cuándo se verá el recurso sobre las condenas en el Tribunal Supremo?

El próximo 9 de octubre, se analizarán los efectos de las sentencias del Constitucional en el caso de Fernández.

Qué debe esperar la ciudadanía tras estas sentencias?

Posibles nuevas condenas en el caso de corrupción, así como una lucha continuada por la transparencia en la gestión de fondos públicos.

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