La Audiencia Provincial de Córdoba ha absuelto a dos profesores del IES Colonial Fuente Palmera (Córdoba) quienes fueron condenados por primera vez por un delito de homicidio imprudente por la muerte de un estudiante en 2018 cuando se ahogó durante un viaje en los Baños de Popea, ubicado en la Sierra de zona la capital.
La presidenta de CSIF Córdoba, María Dolores Navajas, quien lamentó la muerte del citado estudiante y expresó su solidaridad con su familia, destacó la labor de la asesora jurídica del sindicato para la familia de Jaime Cruz y Rafael Espejo, quien estuvo a cargo directo de la defensa. uno de los profesores acusados. Asimismo, el dirigente sindical destacó la importancia de la decisión judicial, que puede ser apelada ante la Corte Suprema, a la luz de su preocupación y preocupación de la comunidad docente sobre todo este asunto.
El abogado Rafael Espejo manifestó “La Audiencia Provincial viene a darnos la razón de que la muerte del estudiante fue un lamentable y lamentable accidente, así como el hecho de que los magistrados apoyan nuestra tesis de que los profesores ahora absolutorios han hecho todo lo posible para evitar este trágico desenlace ”.
Supervisión de profesores
La sentencia número 4 del Juzgado de lo Penal señaló en su día que el menor fallecido -Juan David- y sus demás acompañantes habían completado la actividad cueva prevista y decidieron “nadar hacia cascadas”, es decir, una pequeña cascada hecha dentro del río, la cual debía cruzar un área donde se profundizó y ya no se mantuvo. Solicitaron el consentimiento de uno de los docentes, «dependiente también de la supervisión y consentimiento» del otro imputado «, siendo registrado en esa acción el primero de ellos que no se dio cuenta, después de haber grabado y de ver al resto de los imputados. las fotografías que estaba tomando, una gran situación de cualquier tipo ”.
El menor fallecido siguió a «el resto de los menores, incluidos sus acompañantes, que fueron identificados por el imputado» que vieron el material de grabación en un terminal móvil. La sentencia decía que «ninguno de los maestros» advirtió a los menores de la peligrosidad de esta acción, no ver que el menor Juan David no dominaba la natación y no monitorear luego, luego de salir del lugar. Para lograrlo, todos regresaron. a la orilla en buen estado.
La sentencia incluía inicialmente que los imputados no entendían “las circunstancias de la profundidad del río y que el menor no dominaba el nado, se cansaba y no buscaba ayuda de ninguno de sus compañeros ni de los profesores que estaban además de el hecho de que de los siete menores que nadaron en el río en una zona más alejada de la orilla, en un grupo masificado, solo seis de ellos salieron la noche en que, después del conteo, perdieron al menor, que no pudo mantenerse a flote y murió a consecuencia de la inmersión en el río porque no pudo llegar a la orilla «.